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Lázaro Báez sobreseído gracias a la Ley de Inocencia Fiscal de Milei

Por infolitica

La Justicia aplicó la nueva “Ley de Inocencia Fiscal” y dejó sin efecto parte de la causa por evasión. El proceso sigue solo por un período.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº3 resolvió este martes el sobreseimiento parcial del empresario Lázaro Báez en una causa en la que era investigado por presuntas deudas impositivas vinculadas a su empresa Austral Construcciones SA.

La decisión se basó en la aplicación de la Ley 27.799, conocida como “Ley de Inocencia Fiscal”, impulsada por el gobierno de Javier Milei, que elevó significativamente los montos mínimos para considerar delito la evasión tributaria.

Cómo impactó la nueva ley

El fallo establece el sobreseimiento parcial de Báez en relación a presuntas evasiones del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias correspondientes a distintos períodos entre 2010 y 2014.

La clave de la resolución radica en que la nueva normativa elevó el umbral de punibilidad para la “evasión simple” de $1.500.000 a $100.000.000, lo que dejó por debajo de ese límite varios de los montos investigados en la causa.

Por este motivo, el tribunal cerró los tramos correspondientes a los ejercicios 2010, 2011, 2013 y 2014, así como parte de los períodos vinculados a otros tributos.

La causa sigue por un tramo

Sin embargo, el proceso judicial no quedó completamente cerrado. La investigación continuará por el ejercicio fiscal 2012, ya que en ese período los montos presuntamente evadidos superarían los nuevos límites establecidos por la ley.

El rol de la Corte Suprema

Horas antes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de la defensa de Báez que buscaba cerrar completamente la causa.

El máximo tribunal, con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideró que el recurso no estaba dirigido contra una sentencia definitiva.

La defensa había argumentado que los tributos en discusión ya habían sido cancelados en el marco del proceso de quiebra de la empresa, pero tanto el tribunal oral como la Corte desestimaron ese planteo.

La resolución vuelve a poner en debate el impacto de los cambios en el régimen penal tributario y sus efectos en causas judiciales en curso.

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