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julio 11, 2025

Sesión en el Senado contra la motosierra de Milei: jubilaciones, discapacidad y fondos para las provincias

Por infolitica

Después de que el Presidente los acusara de querer “destruir al Gobierno”, los mandatarios provinciales del PRO y el radicalismo ordenaron a sus senadores que solo impulsen los proyectos para repartir los ATN y el impuesto a los combustibles. El presidente Javier Milei anticipó que frenará las normativas aprobadas. “Vamos a vetar y, si se cae, lo vamos a judicializar”, adelantó.

En una clara demostración de fuerza dirigida al Gobierno nacional, una heterogénea mayoría opositora del Senado aprobó y giró a la Cámara de Diputados en revisión los proyectos de ley que obligan al Poder Ejecutivo a repartir con las provincias los recursos que viene reteniendo en materia de Aportes del Tesoro Nacional (ATN), de varios fondos fiduciarios y de una porción importante del impuesto a los Combustibles.

Se trata de una masa de fondos que la totalidad de los 23 gobernadores más el jefe de Gobierno porteño se pusieron de acuerdo en exigir su distribución a la administración de Javier Milei, al que acusan de sustentar la política de equilibrio fiscal reteniendo de manera indebida recursos que las provincias consideran que les corresponden.

Las iniciativas fueron votadas sobre tablas, ya que no tenían dictamen de comisión, y ambas fueron aprobadas por 56 votos a favor y el solitario rechazo de Luis Juez (Pro-Córdoba).

Una de las iniciativas incorpora a la norma 11.672 -es la ley permanente de Presupuesto- un artículo para que los “recursos que correspondieren distribuir al régimen al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias” en “forma diaria y automática”, y todo lo que involucre a este ítem será “considerado a cualquier efecto” como integrante “de la masa de fondos coparticipable”.

En tanto, el segundo proyecto elimina los fideicomisos de Infraestructura Hídrica; de Infraestructura de Transporte; y Sistema Vial Integrado; y los fondos Compensador del Transporte; Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior; y Nacional de la Vivienda. En el mismo artículo se aclara que los recursos en cuestión, excepto los previstos en el impuesto a los Combustibles Líquidos “serán distribuidos de conformidad” con artículos de la ley 23.548, de Coparticipación Federal.

Seguido a ello, se sustituye parte de la ley 23.966 -la del tributo a combustibles- para girar lo producido al Tesoro Nacional (14,29%), Provincias (57,02%), y Sistema Único de Seguridad Social, para ser destinado a la atención de las obligaciones previsionales nacionales (28,69%). Luego se detalla cómo será el reparto de lo que corresponde a los distritos de manera específica.

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