La nueva normativa establece que quienes no tengan residencia ni seguro médico deberán abonar las prestaciones antes de ser atendidos en hospitales nacionales.

La salud pública argentina atraviesa un cambio que hasta hace poco parecía difícil de imaginar: una persona extranjera que no sea residente y no tenga seguro médico deberá pagar antes de recibir atención en un hospital público nacional. La única excepción serán las situaciones que impliquen un riesgo inmediato para la vida. El nuevo esquema rompe con una concepción histórica de la salud como un derecho al que se accede por la necesidad de atención y no por la nacionalidad, la residencia o el dinero disponible.
La medida comenzó a regir este miércoles y fue formalizada mediante la Resolución 1066/2025 del Ministerio de Salud. Su aplicación introduce una frontera dentro del propio sistema sanitario: hay pacientes para quienes la puerta del hospital se abre con la presentación del DNI o la cobertura correspondiente y otros para quienes primero aparece una factura.
Una barrera económica antes de llegar al médico
El procedimiento establece una serie de pasos para la atención de personas extranjeras no residentes. Primero deberán acreditar su situación migratoria y su cobertura sanitaria. Si no cuentan con un seguro, deberán abonar el arancel correspondiente antes de recibir la prestación.
La excepción contempla emergencias con riesgo de vida o posibilidad de daño grave e irreversible. Allí entran, entre otras situaciones, infartos, accidentes cerebrovasculares, paros cardiorrespiratorios, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas, intoxicaciones severas, sepsis y emergencias obstétricas.
Pero incluso en esos casos existe una diferencia que resulta central: la atención de urgencia no podrá ser negada, aunque el paciente extranjero no residente deberá pagar posteriormente por el servicio recibido.
El problema excede entonces la discusión sobre quién financia el sistema sanitario. Lo que cambia es el criterio de acceso: la condición de extranjero no residente pasa a convertirse en un factor que determina cómo se ingresa al hospital público y cuándo comienza la atención.
El avance de una lógica que convierte derechos en servicios
La nueva normativa se inscribe en una transformación más amplia de las políticas públicas. El mismo Gobierno que restringió el acceso de determinados extranjeros a otros servicios estatales impulsó modificaciones sobre la Ley de Migraciones y estableció mecanismos para cobrar prestaciones que históricamente fueron concebidas bajo criterios de universalidad.
La discusión de fondo ya no es solamente cuánto cuesta sostener un hospital público. Es qué tipo de Estado queda cuando la salud, la educación y otros derechos comienzan a depender del estatus migratorio o de la capacidad de pago.
La Argentina construyó durante décadas un sistema sanitario basado en la idea de que una persona que necesita atención puede recurrir a un hospital público. Ese principio, con todas las dificultades y desigualdades que existen en la práctica, funcionó como una de las características centrales del modelo sanitario argentino.
Ahora aparece una lógica diferente: primero acreditar, después pagar y recién entonces ser atendido.
El Gobierno presenta el cambio como una forma de ordenar los recursos públicos. Sin embargo, detrás de esa explicación queda una pregunta mucho más profunda y preocupante: qué otros derechos pueden dejar de ser universales cuando la nacionalidad, la residencia o el dinero empiezan a definir quién puede acceder a ellos.