Con el aval del procurador interino Eduardo Casal, el Ministerio Público Fiscal habilitó un protocolo de espionaje contra el terrorismo que abre la puerta para criminalizar el disenso político bajo la excusa de la radicalización.

Bajo el pretexto de combatir amenazas extremistas antes de que ocurran, el aparato judicial dio un paso alarmante hacia la vigilancia masiva de la ciudadanía. El Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, aprobó una inédita guía de actuación para fiscales federales que introduce criterios preventivos para intervenir e investigar presuntos “ciclos terroristas” en entornos digitales.
La resolución institucionaliza un esquema de ciberpatrullaje sobre redes sociales, comunidades virtuales y plataformas interactivas, encendiendo de inmediato las alarmas de organismos de derechos humanos y sectores opositores ante la peligrosa tentación del poder de etiquetar como “terrorista” cualquier manifestación de protesta social, reclamo popular o crítica severa contra el rumbo oficial.
El protocolo fue confeccionado de forma conjunta por la Secretaría de Análisis Integral del Terrorismo Internacional (SAIT), conducida por Juan Manuel Olima Espel y Armando Antao Cortez; la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), dirigida por Santiago Marquevich; y la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), a cargo de Horacio Azzolin.
El núcleo de la doctrina sostiene que la persecución no debe limitarse al hecho delictivo concreto, sino expandirse hacia conductas previas, monitoreando desde lo que denominan “apertura cognitiva” y consumo de propaganda hasta la polarización discursiva y las interacciones privadas de jóvenes en videojuegos y foros web.

La delgada línea del gobierno entre el terrorismo y el disenso
El aspecto más controversial de la flamante normativa radica en la creación de una matriz de cinco categorías progresivas de riesgo: teorías conspirativas y polarización social, identificación con ideologías extremistas, escalada discursiva, extremismo violento y movilización. Aunque el texto formal apela a estadísticas internacionales como las del Terrorism Global Index para advertir sobre el fenómeno de los “actores solitarios”, la ambigüedad conceptual de estas variables otorga un margen de discrecionalidad inquietante para que opiniones políticas vehementes, cuestionamientos al orden establecido o el rechazo a las instituciones sean leídos como antesalas del terrorismo.
La guía habilita a los fiscales a desplegar una batería de herramientas de recolección informativa que abarca inteligencia financiera, análisis de fuentes abiertas, forense digital, vigilancia física y electrónica, y técnicas especiales de seguimiento. A pesar de que los redactores incluyeron salvaguardas formales que exigen autorización judicial, proporcionalidad y ordenan teóricamente no criminalizar el ejercicio de la crítica institucional, la aplicación práctica de estas directivas genera un fuerte temor.
En un clima de creciente estigmatización hacia la militancia política y los movimientos sociales, el monitoreo preventivo corre el serio riesgo de transformarse en una herramienta de persecución ideológica para disciplinar a quienes piensan distinto y acallar el legítimo derecho a la protesta.