La Cámara del Trabajo confirmó la inconstitucionalidad de los artículos que restringían el derecho a huelga en servicios clave como salud y educación.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) dejó firme la suspensión de dos artículos del DNU 340/2025, impulsado por el presidente Javier Milei. El fallo representa una nueva derrota judicial para el Gobierno.
El decreto pretendía restringir el derecho a huelga en sectores como transporte, salud y educación, pero la Justicia lo consideró inconstitucional. La Sala IV ratificó lo resuelto por la jueza Moira Fullana, quien había dado lugar al amparo presentado por la CGT.
Según la magistrada, el DNU de Milei “viola la libertad sindical” y contradice tanto la Constitución Nacional como los convenios internacionales que protegen el derecho a la protesta laboral.
Freno al DNU y defensa del Congreso
El fallo, firmado por Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado, remarcó que el Ejecutivo no puede modificar derechos fundamentales mediante decretos. Subrayaron que la vía correcta para discutir este tipo de cambios es el Congreso.
La CNAT citó el artículo 99 inciso 3 de la Constitución, que prohíbe al Poder Ejecutivo dictar disposiciones de carácter legislativo, salvo en casos excepcionales. Y aclaró que esas circunstancias no estaban justificadas en este caso.
Además, recordó que la Corte Suprema ha sostenido una interpretación restrictiva sobre el uso de DNU. Esa doctrina indica que no se puede reemplazar el debate legislativo con decisiones unilaterales del Gobierno.
El contenido de los artículos suspendidos
El artículo 2 del decreto declaraba como servicio esencial el transporte fluvial y marítimo en todas sus formas. Esto incluía desde el traslado de personas hasta operaciones costa afuera.
Por su parte, el artículo 3 imponía que durante una huelga debía mantenerse el 75% del servicio normal en sectores esenciales y el 50% en actividades de “trascendencia”.
Para la CGT, estas condiciones eliminaban en la práctica la efectividad del derecho a huelga, al exigir niveles de servicio que desnaturalizan la protesta. La Justicia le dio la razón y reafirmó la vigencia de derechos laborales básicos.
Un revés político y legal
Con este fallo, el Gobierno suma un nuevo tropiezo judicial frente a su uso recurrente de decretos. Ya había recibido impugnaciones similares sobre otras áreas reguladas por DNU.
El conflicto con la CGT se intensifica en un escenario donde los gremios buscan frenar el avance del plan de ajuste y reforma estatal. Este fallo podría alentar nuevas presentaciones.
Mientras tanto, el oficialismo insiste en que la vía legislativa es lenta y defiende el uso de herramientas ejecutivas. Pero la Justicia ya advirtió: no se puede vulnerar la Constitución ni los derechos adquiridos por decreto.